CIRIEC Nº 47 Noviembre 2003

ISBN: 84-95003-36-8

Constitución y economía social

Prólogo del número extraordinario «Constitución y Economía Social»

Autor/es: Eduardo Zaplana Hernández-Soro

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Acepto complacido la invitación a redactar estas líneas de presentación del número extraordinario de la revista CIRIEC-España que, con el título

Presentación del número extraordinario

Autor/es: José Luis Monzón Campos

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Al cumplirse el XXV Aniversario de la Constitución española (CE), el CIRIEC-España ha querido participar en su conmemoración editando un número extraordinario de su revista científica dedicado a la Economía Social en su relación con la Carta Magna. Cuando el artículo 129.2 de la CE ordena a los poderes públicos facilitar el acceso de los trabajadores a la propiedad de los medios de producción, promover las diversas formas de participación en la empresa y fomentar las sociedades cooperativas, está confiando a dos agentes clave de la Economía Social, las cooperativas y las sociedades laborales, un papel protagonista como instrumento de ejecución del principio constitucional de igualdad social.

Política de Fomento de la Economía Social

Autor/es: Miguel Barrachina Ros

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El Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en los últimos siete años ha apostado decididamente por la economía social, habiéndose logrado considerables mejoras en el marco normativo, políticas públicas de fomento, ayudas directas a las empresas y asociaciones, etc. y va a poner en marcha próximamente el Consejo para el Fomento de la Economía Social como foro de diálogo permanente entre las administraciones central, autonómica y local, y el sector de la economía social.

El Compromiso Socialista con la Economía Social

Autor/es: José Luis Rodríguez Zapatero

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La celebración durante el presente año del primer cuarto de siglo de vigencia de la Constitución Española constituye una magnífica ocasión para hacer balance de un periodo en el que la sociedad española ha protagonizado con éxito un singular proceso de transformación cuyos contenidos alcanzan relieve histórico.

Por el fomento de la Economía Social

Autor/es: Gaspar Llamazares Trigo

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El Artículo 129 de nuestra Constitución establece que

La Economía Social en Cataluña

Autor/es: Jordi Pujol

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La economía social representa una forma distinta de hacer empresa, de hacer economía; distinta a la del sector público y distinta a la de la empresa privada tradicional que tiene como única finalidad el lucro. Para entender la economía social es necesario partir de la base que se trata de un modelo orientado a cubrir necesidades de la sociedad, sin ningún afán de lucro. El concepto de economía social implica que, aunque como en cualquier empresa los resultados económicos son un indicador muy importante cuando se trata de evaluar la consecución de los objetivos y la viabilidad del proyecto empresarial, en el caso de la economía social este índice no es único; la cohesión social y los vínculos territoriales que de ella se desprenden, son también indicadores del éxito de este tipo de organizaciones.

La Economía Social como agente económico: necesidad de su participación en la interlocución social

Autor/es: Marcos de Castro Sanz

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La Economía Social ¿es un agente económico? Sobre esta pregunta, o mejor, sobre su respuesta, se puede razonar la necesidad de que se cuente con la Economía Social en la interlocución institucional. No porque desde su respuesta se pueda razonar con mayor fuerza, sino por hacerlo desde el razonamiento de quienes dicen que tan solo los que se denominan agentes económicos y sociales son los interlocutores en el dialogo social.

El Mutualismo de Previsión Social

Autor/es: Pedro Mª de la Torre San Cristóbal

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A la hora de recordar y conmemorar el vigésimo quinto aniversario de la Constitución Española y desde el punto de vista del Mutualismo de Previsión Social, es básico destacar y poner de manifiesto, la gran cantidad de cambios que se han producido en España y Europa en el citado periodo, fundamentalmente en el orden social, que está en un proceso de cambio permanente y que está produciendo numerosos desequilibrios.

La Constitución Española y las Cooperativas de Trabajo Asociado

Autor/es: Paloma Arroyo Sánchez

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Ahora, veinticinco años después parece complicado que podamos imaginar cómo hubiera sido el desarrollo de España sin la Constitución, sobre todo cuando ha de tenerse en cuenta que en aquellos momentos, año 1978, España sólo comenzaba a intuir lo que podía ser una Democracia.

Las sociedades laborales. Una realidad en alza

Autor/es: Miguel Millana

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Las sociedades laborales adquieren carta de naturaleza propia con la ley de 25 de abril de 1986. Esta Ley del primer gobierno de Felipe González no hace otra cosa que reconocer una realidad empresarial que se había ido abriendo paso en el contexto turbulento de inestabilidad política que arrastraba la

Alguna reflexión sobre el artículo 129.2 de la C.E. desde el sector del cooperativismo agrario

Autor/es: José Cardona Conthe

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Cuando algún compañero de trabajo de la Oficina de la Confederación de Cooperativas Agrarias de España observa que los servicios jurídicos utilizan la Constitución, y concretamente el artículo 129.2, siempre deja vislumbrar un rasgo de escepticismo, con algún comentario añadido del tipo de:

Las Cooperativas de Crédito y la Constitución Española

Autor/es: Pablo Font de Mora Sainz y Carmen Conde Rodríguez

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El artículo 129.2 de la Constitución ha sido la norma inspiradora de la reciente legislación española tanto de la Ley 3/87, de 2 de abril, General de Cooperativas y la vigente Ley 27/99, de 16 de julio, como la Ley 13/89, de 26 de mayo, de Cooperativas de Crédito. El compromiso que para los poderes públicos significa el art. 129.2 de la Constitución, ha contribuido de forma decisiva a la consolidación del Cooperativismo como un elemento creciente de la actividad económica y una respuesta empresarial para buen número de ciudadanos que apuestan por un modelo de gestión democrática en el que está presente una determinada proyección social.

La Economía Social y las personas con discapacidad

Autor/es: Carlos Rubén Fernández Gutiérrez

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Los 25 años transcurridos desde la proclamación de nuestra Constitución han asistido a la evolución de la Economía Social y a su consolidación como un

La Economía Social en el diálogo social. Constitución Española y perspectivas

Autor/es: Jesús Catania y Adrián Celaya

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Como punto de partida, puede claramente decirse que la actitud de los redactores de la Constitución en relación con la regulación del tratamiento que en la misma debía tener la Economía Social -y, en particular, las Sociedades Cooperativas- puede muy bien calificarse como netamente positiva

Constitución y nueva Economía Social

Autor/es: José Barea Tejeiro

Palabras clave: Modernización económica, apertura exterior, estructuras del bienestar, negociación, estabilidad, educación, cultura de empresa.

Claves Econlit: D600, N440, O100.

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Aunque en 1978, cuando se aprobó la constitución Española, no existía una concepción científica de la Economía Social, en la Carta Magna y a través de diferentes artículos, se hace una referencia, expresa o tácita, a los diferentes agentes que la componen: cooperativas, sociedades laborales, mutualidades, asociaciones y fundaciones.La economía social de mercado está constituida por un amplio conjunto de empresas que actúan en el mercado, en las que la distribución del beneficio y la toma de decisiones no están ligadas directamente con el capital aportado por cada socio, prevaleciendo el criterio democrático de

La economía de la España democrática: un ejercicio de interpretación

Autor/es: José Luis García Delgado

Palabras clave: Constitución, fomento, economía social, Estado Social, cooperativas, sociedades laborales, medios de producción.

Claves Econlit: K100, N440, O100, P130.

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En la perspectiva de largo plazo que ofrece todo el proceso de industrialización en España y, particularmente, todo el siglo XX, los últimos veinticinco años, los de la democracia, arrojan un balance sobresaliente en términos de modernización económica, sobre todo si ésta se mide, no sólo por ritmos de crecimiento de la renta por habitante (terreno en el que el avance no ha sido, desde luego, despreciable), sino también por la consecución de metas largamente ansiadas de europeización y homologación de estructuras productivas y por la superación de obstáculos o restricciones tradicionales que han dificultado el despliegue de todas las capacidades de la economía española.Todo ello se ha desplegado evolutivamente a los largo de tres ciclos, en los que se superponen determinaciones económicas y políticas: el de la transición, propiamente dicha, unos años difíciles pero creativos; el de la integración en Europa, que coincide con las tres primeras legislaturas de predominio socialista, años de logros importantes pero con un final decepcionante, y el ciclo del cambio de siglo, cuando se consigue culminar la larga marcha hacia la estabilidad económica e incorporarse a la creación de euro desde temprana hora, un ciclo todavía abierto al que el paso de los días incorpora crecientes dificultades. En la España de los últimos veinticinco años, cabe decir, en suma, se ha producido una suerte de interacción positiva entre democracia y modernización económica: la libertad ha potenciado la creatividad económica y la demostrada capacidad de la economía española para afrontar sucesivos retos competitivos ha coadyuvado al asentamiento de la democracia.

Las figuras de economía social en la Constitución Española de 1978

Autor/es: Rafael Calvo Ortega

Palabras clave: Constitución, fomento, economía social, Estado Social, cooperativas, sociedades laborales, medios de producción.

Claves Econlit: K100, N440, O100, P130.

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La Constitución española establece en su artículo 129.2 un mandato (y como tal imperativo) a los poderes públicos para que fomenten las figuras y los mecanismos de economía social. Este apoyo se yuxtapone a las normas constitucionales que definen el sistema económico-empresarial español. Las raíces de dicho apoyo están en el Estado Social que la Constitución establece y en el derecho de todos los ciudadanos a participar en la vida económica.Sin embargo, el artículo 129.2 de la Constitución tiene un contenido heterogéneo y se hace necesaria una delimitación. Aunque la norma sólo cita de forma expresa a las cooperativas, las sociedades laborales reúnen las condiciones necesarias y suficientes (organización societaria; acceso voluntario; poder de decisión de los trabajadores en la empresa; garantías de permanencia en poder de los trabajadores) para estar amparadas por el mandato constitucional de fomento.Por último, hay dos aspectos de las ayudas a empresas de Economía Social que no admiten discusión. Primero, deben facilitarse subvenciones para la difusión y preparación de los interesados en relación con este tipo de empresas asociativas. En segundo lugar, debe de suprimirse la responsabilidad tributaria solidaria cuando una empresa.

Cooperativas, sociedades laborales y mutualidades de previsión social: 25 años de progreso de la economía social de mercado bajo la constitución de 1978

Autor/es: Francisco Javier Sáez Fernández, Francisco González Gómez y María Teresa Sánchez Martínez

Palabras clave: Cooperativas, sociedades laborales, mutualidades, economía social de mercado

Claves Econlit: K100, N440, P130.

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Resumen del artículo

Este trabajo analiza la evolución de las principales entidades de la economía social de mercado en España desde que se aprobara la Constitución de 1978. La primera parte se dedica al estudio de cooperativas y sociedades laborales y la segunda a mutualidades de previsión social. El análisis del marco institucional, de la evolución cuantitativa del sector, de las respuestas que han dado a los cambios del entorno y del impacto social de sus actividades, permite concluir que a lo largo del período analizado estas empresas han reforzado muy significativamente su posición en los mercados, al tiempo que han consolidado su reconocimiento institucional y su imagen social. Este balance tan positivo no debe ocultar, sin embargo, ciertos problemas estructurales que limitan sus posibilidades de desarrollo. La atomización de los tres subsectores analizados y las asimetrías normativas de orden financiero y fiscal que inciden sobre las mutualidades, son cuestiones que tendrán que resolverse en los próximos años, a fin de mejorar la posición competitiva de las entidades.

Mandato constitucional de fomento y fiscalidad de las cooperativas

Autor/es: Marco Antonio Rodrigo Ruiz

Palabras clave: Fiscalidad, cooperativas, constitución, fomento, tributación.

Claves Econlit: K100, K340, P130.

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Resumen del artículo

Se realiza una breve semblanza de las principales posturas que sobre la tributación de las cooperativas se han expresado. A partir del indicado bagaje doctrinal se examinan las previsiones del texto constitucional sobre el cooperativismo y, en particular, la significación del mandato de fomento contenido en su artículo 129.2 con el propósito de averiguar si el precepto surte efectos en la órbita tributaria y puede extraerse del mismo alguna pauta de obligada observancia para el legislador ordinario -como su principal e inicial destinatario-, así como para el resto de los poderes públicos. Por último, se hace un recorrido por la regulación fiscal en vigor aplicable a las sociedades cooperativas, incidiendo tan sólo en aquellos aspectos básicos que pueden suscitar problemas desde la perspectiva del referido mandato de fomento.

El derecho de fundación en la Constitución

Autor/es: Miguel Angel Cabra de Luna

Palabras clave: Derecho de fundación, fines de interés general, constitución de fundaciones, protectorado, desamortización, función social de la propiedad, mecenazgo, entidades sin fines lucrativos.

Claves Econlit: K100, L310, N010

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Resumen del artículo

Se analizan los antecedentes históricos y el proceso constitucional de plasmación del derecho de fundar como derecho constitucionalmente protegido, para posteriormente entrar a analizar la naturaleza jurídica del citado derecho de fundación, sus posibles límites y garantías; su calificación como derecho de libertad y/o de propiedad; el significado y los efectos jurídicos derivados de su constitucionalización; la constitución de las fundaciones: el problema de la adquisición de la personalidad jurídica; la posición de la Administración: el nuevo rol del Protectorado; la remisión del art. 34 C.E. al 22.2 y 4; así como el estudio del derecho de fundar en relación con otros derechos fundamentales, y su reflejo en la legislación de fundaciones (Leyes 50 y 49 de 2002).