CIRIEC Nº 17 Diciembre 1994

El Estatuto Jurídico Europeo de las empresas de Economía Social

Presentación

Autor/es: Gemma Fajardo García

Estatutos europeos de la sociedad cooperativa (S.C.E.), de la asociación y de la mutualidad

Autor/es: Bernard Piot

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Resumen del artículo

El autor hace un repaso a los tres proyectos de Estatuto europeo de la familia de la economía social: el Estatuto de la Sociedad Cooperativa, de la Mutualidad, y de las Asociaciones y Fundaciones.Estos tres Estatutos constituían inicialmente un texto único que tenía una parte común y disposiciones específicas para la asociación, la cooperativa y las mutualidades. Esta presentación que ponía como factores comunes los elementos de convergencia entre las tres formas de agrupaciones de personas tuvo que ser abandonada por la Comisión por las contestaciones de la oposición manifestada por ciertos movimientos cooperativos fuertemente anclados a la especifidad de las sociedades cooperativas.No obstante los proyectos de proposición son presentados en un solo documento y los exámenes del Consejo Económico y Social y del Parlamento han llevado hacia la unidad de los textos.

La armonización de la legislación cooperativa en los países de la Comunidad Económica Europea

Autor/es: Gemma Fajardo García

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Resumen del artículo

La aproximación de las legislaciones cooperativas de los países de la CEE es necesaria para el funcionamiento del Mercado Común, como lo han reconocido en diversas ocasiones las Instituciones Comunitarias y la doctrina científica, por lo que hay que proceder a la armonización de las mismas. Por otra parte, en el programa de coordinación de las legislaciones sobre sociedades no se excluye a las cooperativas, sino que se les aplaza para una fase posterior, una vez armonizada el Derecho relativo a las sociedades mercantiles.Hasta el momento no existe ninguna iniciativa concreta para la armonización de estas legislaciones, sólo un proyecto de Estatuto de Sociedad Cooperativa Europea (SCE), que se presenta como reglamento que “se inserta directamente en las legislaciones naciones y contribuye a su aproximación, por lo que resulta una medida sobre aproximación de las disposiciones legales de los Estados miembros”, de esta forma se justifica su fundamentación jurídica en el art. 100 a TCEE, pero en realidad este Reglamento no contribuye a la aproximación de las legislaciones cooperativas porque no implica una modificación de las mismas. Cuestión distinta y, positiva por otra parte, es el efecto armonizador que indirectamente está provocando esta SCE, más consecuencia de la necesidad de aproximación de las legislaciones cooperativas que, de los méritos del estatuto, del que merece destacarse la ausencia de toda referencia y consideración a los principios cooperativos.

El estatuto de la sociedad cooperativa europea: Evolución, actualidad y perspectivas

Autor/es: Renato Dabormida

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Resumen del artículo

Tras una reseña histórica de cómo el legislador europeo se ha preocupado por dar coherencia y armonización a las distintas legislaciones nacionales de países miembros de la Unión Europea, se analiza en profundidad la propuestas de la ley de la Sociedad Cooperativa Europea presentada en el Parlamento Europeo y publicada en el Boletín Oficial de las Comunidades Europeas el 21 de abril de 1992.

Repercusiones en España del proyectado estatuto de la sociedad cooperativa europea

Autor/es: José Mª Montolio

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Resumen del artículo

La aproximación de las distintas leyes de cooperativas en el ámbito comunitario se enfrenta a la multiformidad en que aquéllas se han producido. De ello es prueba de el Ordenamiento español. Tal dificultad, así como la inadecuación a las sociedades cooperativas de muchos de los avances logrados en relación con las sociedades de capital, ha demandado desde tiempo atrás la elaboración de un Estatuto europeo de cooperativas (Informe Mihr, 1982; Resol. Pe de 9 de julio de 1987). La inminencia del mercado único (Acta Unica Europea) y el innegable papel reservado a las cooperativas ha provocado que, aun sin alcanzar aquel objetivo de armonización, las cooperativas dispongan de una regulación potestativa –el Estatuto de la Sociedad Cooperativa Europea- que facilite sus operaciones transnacionales. Esta finalidad práctica y el carácter potestativo caracterizan antes que nada dicho proyecto.

Presionando en pro de un estatuto para mutualidades europeas

Autor/es: Timothy Nater

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Resumen del artículo

Desde 1989, las mutualidades europeas, a través de la Association Internationale de la Mutualité (AIM) han estado presionando a las autoridades de la Comisión Europea para que aprobaran una legislación que les permitiera responder a la creciente demanda de sus más de cien millones de clientes en temas de asistencia sanitaria transfronteriza, pensiones y otros servicios sociales.Desde julio de 1993, se dispone de un anteproyecto de estatuto que garantiza a una mutualidad panaeuropea los mismos derechos y operatividad internacional que a las sociedades privadas en el Mercado Unico. Pero a la hora de redactarlo, han surgido numerosos problemas, tanto técnicos como políticos, que han impedido su aprobación final.Sin embargo, la presión de la AIM en aras de la aprobación del estatuto no ha sido en vano ya que no sólo ha generado frustración sino también determinados beneficios. El trabajo de la AIM ha permitido conocer la naturaleza evolutiva de los diferentes órganos decisorios de la Unión Europea. Ha forzado a la organización a definir con mayor claridad sus prioridades y su misión. Y, al obligarle a establecer un consenso entre sus diferentes y, a veces, muy conflictivos socios europeos, el programa de presión ha servido para unirlos en torno a una causa común.

Las fundaciones en Europa: Protagonismo, legislación, transparencia y autorregulación

Autor/es: Angeles Simon-Duble

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Resumen del artículo

Las fundaciones y empresas mecenas en Europa están dispuestas a desempeñar un papel importante en la economía social de los próximos años, y están convencidas de que pueden contribuir efectivamente a este proceso a condición de que se les conceda un mercado jurídico y fiscal apropiado en el que puedan afirmar su tradición flexibilidad y libertad de acción. La Declaración de Plaga constituye un paso importante al confirmar las metas/objetivos y las responsabilidades recíprocas de la Fundaciones y Empresas Mecenas en Europa. Otros informes y trabajos importantes que contribuyeron en la redacción del Estatuto Europeo de las Asociaciones y Fundaciones son el informe y la Resolución “Frémion”, “Coimbra” y el Libro Blanco de la Economía Social.